La cláusula testamentaria de Martín de Zavala señalaba la donación de las tiendas con el fin de que sus rentas se destinaran para el Santísimo Sacramento, ellas mudaron de dueño recién entrado el siglo XVII. El primer inmueble vendido estaba “contiguo a la tienda de la cofradía del Santísimo y asimismo a espaldas de las Casas de Palacio de esta ciudad, al costado derecho de la morada y casa” de María Báez Treviño, calle de por medio, viuda para esos años del sargento Pedro Martínez Guajardo, “del cual aposento había hecho donación y gracia a este convento el geberal Don Martín de Zavala, sin pensión alguna de misas, con el designio de que redituase cada año cinco pesos para cera del Monumento de sobre dicho convento”.
La venta se realizó en virtud de la prohibición a los conventos de tener posesiones, misma que redactó el Papa Benedicto XIII en bula de 1726 y la llevó a cabo siendo prior del convento de San Andrés, fray Pedro de Aparicio.[…] propuso a dicha señora doña María Báez Treviño que ya veía lo adelantada que estaba la fábrica de la Iglesia del convento y sin poder proseguir por falta de medios que se sirviese de ayudar con alguna limosna para este efecto, y que así por razón de lo expresado en dicha bula, como por bien-hechora del convento se dispondría hacerle cesión jurídica de dicho cuarto entregándole la escritura, a que respondió dicha señora que ayudaría nuevamente sobre lo que había dado, con doscientos pesos para la prosecución de dicha iglesia, con tal de que viniese licencia del Muy Reverendo Padre Provincial para que se le hiciese escrito en toda forma, porque deseaba dejar libres a sus hijos de esta pensión.
El 6 de junio de 1729, el padre provincial Joseph de la Torre, del convento de San Luis Potosí, daba su consentimiento para la escrituración de la tienda y aporta un dato por demás valioso, que el convento lo tenía donado desde años atrás a “María Báez Treviño bienhechora de él y en el supuesto de no tener carga alguna de misas dicho cuarto”. En carta del 8 de abril de 1731 se reafirma la escritura por parte del prior de San Andrés en Monterrey. Si bien, se accedió a la escrituración de la tienda en 1729 y se confirmó en 1731, dicha pro-piedad tenía algunos años que estaba en poder de María Báez Treviño y Maya, como ya se dijo; seguramente desde 1726 cuando se emitió la bula que prohibía a las comunidades mendicantes poseer bienes, incluso antes; ya que en su testamento del 19 de enero de 1726, menciona entre sus propiedades dos casas: una principal, que era donde vivía, con quince piezas, fabricada de cal y piedra, y tasada en 5,500 pesos.
La segunda casa, que es la que nos interesa, se encontraba frente a la plaza de Armas, lindaba al Norte con el callejón del Palacio, al oriente con la plaza ya mencionada y al Sur con el Palacio y Cárcel Real. Esta propiedad era más modesta, contaba apenas con cuatro cuartos, dos bajos y dos altos, hechos de piedra y lodo, y revocados con mezcla. El primer cuarto lo tenía destinado para tienda, cuyo capital invertido en géneros sumaba los 1608 pesos y 5 rea-les. Miraba a la Plaza Mayor y el muro medianero Sur lo compartía con la deteriorada Cárcel Real, dicho cuarto lo había legado a la cofradía del Santísimo Sacramento de la Iglesia Parroquial; en tanto que el cuarto inmediato, cuya puerta caía al Norte, frente al callejón del Palacio, “frontero a la puerta de mi tienda”, lo tenía aplicado para cera del Santísimo del convento de San Andrés.
A los cuartos ya mencionados le seguía “otro cuarto pequeño que está con los altos de arriba que tiene dicha casa”. Éstos últimos no tuvieron destino piadoso, sino que se integraron a la herencia familiar de sus dos hijos Domingo Miguel Martínez Guajardo y Joaquín Martínez Guajardo. Lo que deriva de este testamento además de la compra de la tienda perteneciente al convento franciscano, es que la tienda de la Cofradía del Santísimo Sacramento de la iglesia parroquial, no sólo la tuvo en propiedad, sino que en el acta testamentaria la regresó a dicha cofradía, respetando las donaciones para la compra de aceite que Martín de Zavala había hecho para el Santísimo Sacramento de ambos lugares. Era natural que las personas devotas donaran propiedades a las instituciones religiosas, más aún cuando existían nexos con ellas.
En el caso de María Báez Treviño, los legados que concedía a la Cofradía del Santísimo Sacramento y al convento de San Andrés no eran casuales. Además de ser una prolongación del patrocinio iniciado por Martín de Zavala, era también reflejo del compromiso familiar para con la Iglesia y sus devociones. Aunque María Báez Treviño y Pedro Martínez Guajardo rendían especial culto a Nuestra Señora de los Dolores, a quien le promovieron la construcción de un altar en la iglesia parroquial hacia 1712; los padres de María Báez, el capitán Francisco Báez de Treviño y Catarina de Treviño y Maya inclinaban sus favores a la Cofradía del Santísimo Sacramento de la iglesia parroquial, donde su padre llegó a ser mayordomo entre 1692 y 1695. Siendo además, síndico del convento de San Andrés en 1698.
La relación que se estableció entre la familia Martínez Guajardo y la Cofradía del Santísimo Sacramento perduraría por cerca de cien años. Cuatro generaciones mantuvieron vínculos no sólo religiosos sino económicos con la cofradía, ya fuera como cofrades, mayordomos, donadores e incluso como deudores por préstamos adquiridos con la institución religiosa, como se verá más adelante. A partir del testamento de María Báez Treviño, las dos tiendas quedan claramente divididas. La tienda del Santísimo Sacramento que retornó a la cofradía del mismo nombre, y la segunda tienda que pasó a manos de sus hijos Domingo Miguel Martínez Guajardo y Joaquín Martínez Guajardo. María Báez murió el 6 de mayo de 1759. Dos meses atrás (20 de marzo), su hijo Joaquín Martínez Guajardo, señalaba que poseía “dos cuartos que se hallan en el callejón, contiguos a la tienda del Santísimo Sacramento”, que son los que ella donó por vía testamentaria.
Cabe hacer un paréntesis para comentar brevemente la situación de las Casas Reales y la Cárcel durante esos años, no se olvide que la casa de la familia Martínez Guajardo compartía linderos al norte de ellas. Siete años atrás, en 1752, una fuerte lluvia destruyó las Casas Reales y Cárcel, ésta última se mantuvo trabajosamente en pie, pero nada se menciona de las Casas reales entre 1748 y 1775. El plano de Joseph de Urrutia de 1767 es revelador, las Casas Reales no aparecen en el plano, acaso la cárcel sea ese pequeño espacio que sobre-sale al Sur de una construcción más grande ubicada en la esquina nororiente del actual Museo Metropolitano de Monterrey. Obra que sin duda se refiere a la tienda del Santísimo Sacramento, los cuartos del convento de San Andrés y bienes de la familia Mar-tínez Guajardo. Esta apreciación es importante, ya que a finales del siglo XVIII, el procurador Joseph Froylán de Mier Noriega cuestiona dichas propiedades, alegando pertenecer a la Cárcel y por ende, a la ciudad.
*El presente texto se rescata del Tomo I: Monterrey Origen y Destino (2009). Donde participaron:José Antonio Olvera en la Coordinación General. Eduardo Cázares, como Coordinador Ejecutivo y Ernesto Castillo como Coordinador Editorial.
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